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REGLAMENTO INTERNO: "ARTICULO 81º. Se presentará en forma de Proyecto de Decreto toda
proposición que tenga por objeto el rechazo de solicitudes particulares, la
adopción de medidas relativas a la composición u organización interna de la
Cámara y en general toda disposición de carácter imperativo que no necesite
la intervención de otros poderes colegisladores." |